10 de julio de 2009

Evolución de las Instituciones Jurídicas - Obligaciones

Obligaciones

Obligatzio: Conminación de ejecutar algo aún en contra de la voluntad del obligado. Derecho Romano: Título 3 capítulo 1 Art. 1333, obligaciones de dar. Una de las fuentes es la ley, otra los delitos y otra los contratos, de aquí emanan las obligaciones, aunque pueden haber cuasi contratos o también cuasi delitos. Un ejemplo de fuente contractual es una acción de compra venta. Ejemplo de la ley: obligación pensionaria o alimenticia. Ejemplo de obligación del delito: No solamente está la sanción penal, sino la reparación civil, ejemplo: hurto, rapiña, homicidio, daños y perjuicios, comisión del hecho antijurídico. Ejemplo de cuasi contrato: enriquecimiento sin causa (contractual), gestión inhospiciosa – gestión de oficio – se resarce lo que gastó. Ejemplo de cuasi delito: es cuando no hay dolo, manejo imprudente de las armas, negligencia. De aquí nacen las obligaciones, la obligación es un género. Una responsabilidad extra contractual sería la responsabilidad cuasi delictual.

Dar

Art. 1333: Obligaciones de dar bienes muebles e inmuebles.
Art. 1728: Obligaciones de compraventa

Art. 1334: Conservar la propiedad hasta la entrega, sino puede haber daños y perjuicios.

Especies

Responsabilidad de los padres, de los apoderados, de los patronos por sus obreros. Responsabilidad penal (confesión), Débito, Responsabilidad contractual, comercial.

Hacer

Hacer casa, mueble, cuadro. Nadie puede estar obligado a hacer algo contra su voluntad. Puede ser un servicio intelectual: Abogados, docencia, contadores, economistas. Hay reales e inmateriales, pero no se obliga a nadie a hacer algo, pero hay un incumplimiento (se resarce por daños y perjuicios).

No Hacer

Son omitivas, no levantar un muro, se puede resarcir por pasar límites. Un acto no material sería poner la música a todo volumen, puesto que perjudica a todo el vecindario.

Elementos

Sujeto deudor, obligado, tiene que ser capaz. Los derechos en general son el género, la facultad es la facultad de obrar, posibilidad de ejercer ese derecho. También hay acciones procesales para hacer valer la facultad. El tercer elemento que implica la relación jurídica es el objeto de la relación.

Responsabilidad

Cada obligación conlleva una responsabilidad. Cada responsabilidad coincide con las fuentes (ver especies).