19 de abril de 2008

DIP - Organizaciones Internacionales

Régimen general

Las organizaciones internacionales son uno de los sujetos plenos del Derecho Internacional Público, son creados por los Estados y en ellos se establece su finalidad, poderes, estructura orgánica, estatuto, etc. Éstos expresan su voluntad a través de sus órganos.

Clasificación

1) Intergubernamentales (internacionales): Son intergubernamentales porque para su creación dependen de los gobiernos de los Estados; éstas se pueden clasificar en:

a) Regionales: Son las que tienen un carácter regional, por ejemplo, la O.E.A., ésta tiene como objetivo preservar la paz y la seguridad internacional a nivel continental.

b) Universales: Son aquellas que tienen como objetivo preservar valores esenciales en beneficio de la sociedad internacional en su conjunto, por ejemplo Naciones Unidas.

2) No Gubernamentales (O.N.G.): Son las organizaciones que no dependen de los gobiernos, gozan de estatuto propio, si bien no persiguen fines de lucro su objetivo es promover y desarrollar actividades en beneficio de la sociedad internacional en su conjunto. Hay quienes entienden que estas organizaciones gozan de cierta personería jurídica internacional, serían sujetos reflejo del sistema internacional (porque poseen personería limitada, se les reconoce estatuto jurídico especial), por ejemplo Cruz Roja, etc.

3) Organizaciones comunitarias: Son aquellas comunidades creadas por un grupo de Estados, que cuentan con órganos supranacionales, por ejemplo la Unión Europea.

Participación y gravitación de los Estados en una Organización Internacional

El Derecho Internacional Público procura que todos los miembros de una organización internacional tengan la misma participación, porque de ésta forma se garantiza y respalda el principio de igualdad soberana de los Estados.

A través de éste principio el Derecho Internacional Público procura lograr un equilibrio entre igualdad jurídica, igualdad de hecho e igualdad funcional entre los Estados.

Por ejemplo en el sistema de Carta de las Naciones Unidas se institucionalizó en la Asamblea General la participación de todos sus miembros, y todos tienen derecho a un voto, allí se ve claramente el principio de igualdad jurídica de los Estados.

Pero a su vez en la propia Carta, a través del Consejo de Seguridad, las grandes potencias aseguran su asiento permanente y el derecho al veto, aquí se desvirtúa el principio de igualdad funcional, empero no se viola el principio de igualdad jurídica.

Una organización internacional estará integrada por:

_ Órganos intergubernamentales: Son aquellos que se integran con delegados técnicos o representantes de un Estado.

_ Órganos administrativos: Son aquellos necesarios para el funcionamiento de las organizaciones internacionales, por ejemplo la Secretaría General de Naciones Unidas (no es gubernamental.

_ Órganos jurisdiccionales: Son aquellos encargados de impartir justicia, por ejemplo la Corte Internacional de Justicia.

Régimen de votación y consenso

A cada Estado dentro de una organización le pertenece un voto, de acuerdo a éste principio se hace coincidir las tres igualdades. En el Derecho Internacional Clásico, respecto al régimen de votación, el criterio que predominó fue la unanimidad, pero este sistema que por su naturaleza es rígido perturba el desarrollo del Derecho Internacional Público, es por ello que el Derecho Internacional Contemporáneo ha incorporado otros criterios, es decir que una organización internacional podrá tomar sus decisiones por:

a) Unanimidad.

b) Mayoría Calificada.

c) Mayoría simple.

d) Voto ponderado (Veto).

e) Consenso.

Veto (voto ponderado): Es un voto negativo ante una decisión dentro de un órgano, la máxima expresión del voto ponderado, por ejemplo, el voto negativo de uno de los miembros permanentes dentro del Consejo se Seguridad de Naciones Unidas; da lugar al veto.

Consenso: Para llegar a una decisión consensual cumple un rol fundamental el presidente o el director de un debate, éste deberá sondear las aspiraciones de cada parte, ver los puntos coincidentes y destacar los puntos irrenunciables de cada uno. En base a éstos el presidente elaborará un documento tratando de abarcar los puntos de coincidencia, de esta forma construye una voluntad aceptada por todos. Hablar de consenso no implica someter las discusiones a votación, sino que cuando se llega a puntos de coincidencia se pregunto si existe consenso al respecto.

Medios de acción de las Organizaciones Internacionales

Dadas las funciones que cumplen las organizaciones internacionales, por beneficio de la sociedad, para cumplir sus objetivos es necesario que cuenten con los siguientes instrumentos:

A) Respaldo jurídico: que se reconozca su calidad de sujeto, es decir su personería jurídica internacional, inviolabilidad de los locales, prerrogativas, facilidades e inmunidad de sus funcionarios, estructura orgánica.

B) Respaldo material: para llevar a cabo sus funciones necesitan de locales adecuados, es decir bienes muebles e inmuebles.

C) Recursos humanos: para cumplir con su fin mas allá del respaldo jurídico y material, también necesita de funcionarios y éstos van a cumplir una función pública internacional, dentro de la organización dependiendo de ésta.

Función pública internacional

Los funcionarios internacionales son una categoría de los agentes internacionales (sentido amplio) que dedica su actividad en una organización internacional en forma permanente cumpliendo una función internacional.

Están subordinados a la organización y tienen estatuto propio.

La situación jurídica de los funcionarios internacionales varía de acuerdo a la organización, pero generalmente dentro de la misma se encuentran altos funcionarios (secretario general, director general, jueces, etc.), funcionarios administrativos y funcionarios diplomáticos.

El nombramiento de los altos funcionarios se hace directamente por los Estados mediante votación. Los administrativos son nombrados por los altos funcionarios, pero de todas formas los Estados harán las injerencias necesarias a los efectos de participar en estas designaciones.

Estatuto de los funcionarios internacionales

a) Los funcionarios son elegidos a través de un régimen de prueba y admisión, de uno a dos años. Luego de tener una vinculación permanente, renovable cada cinco años, la vinculación del funcionario con la organización es estatutaria.

b) El funcionario tiene derecho a recibir remuneración por la actividad que realiza, derecho a licencia, seguro médico, derecho de traslado a su país de origen.

c) Los funcionarios tienen la obligación de cumplir con la tarea que se le asigna y de guardar secreto profesional.

d) Los funcionarios gozarán de inmunidades y prerrogativas. Los altos funcionarios gozan de iguales inmunidades y prerrogativas que los diplomáticos permanentes. Los demás funcionarios gozan de inmunidades y prerrogativas iguales que los cónsules.