9 de agosto de 2007

Comercial - El Derecho Comercial. Definición

Definición de Derecho Comercial

Son normas jurídicas que regulan la actividad comercial. Comercializar es la interposición entre bienes y servicios.

Caracteres

  • Contenido cambiante
  • Categoría histórica: Sector calificado por ley, comercial, a lo largo de la historia.

Etapas históricas

  • Edad media: comerciante, predominantemente subjetivo. Reglas de actividad de la corporación de mercaderes.
  • Antes existían pueblos comerciantes, por ejemplo en Roma. Derecho propio de los romanos y de los extranjeros eran diferentes.
  • Edad media: Mercader, predominantemente subjetivo. Se aplica en cuanto a las personas, a través de reglas. Estos califican la situación, regulable o no.
  • Fines de siglo XVIII: Actos de comercio, predominantemente objetivo:
    • Figura del Rey que manda
    • El poder de la justicia ya empieza a estructurarse
    • Poder centralizado
    • Actos de comercio: por objeto de competencia de los jueces. Código Napoleónico, según el art. 500 se aplica el Derecho Comercial.
  • Fines de siglo XIX: Empresa, predominantemente subjetivo.

Caracteres modernos

  • Contratación en masa, algunas prestaciones seguro por seguro, prestación por prestación son imposibles.
  • Generalización: Calificación objetiva, no depende de si es comerciante o empresario. Es la aplicación del Derecho Comercial, de su normativa. Se contrapone a la especialización.
  • Internacionalización: Es por los hechos, regulación de temas de distintos países.

Derecho Comercial Uruguayo

  • Legislación colonial
  • Código de Comercio de 1867 (rioplatense).
  • Código de Comercio de 1859 para la provincia de Buenos Aires, creado por Eduardo Acevedo y Vélez Sarsfield.
  • Siglo XIX, década del 50. Presentado y aprobado en 1867:
    • Dividido en cuatro libros:
      • Comerciante y sus auxiliares
      • Obligación y contratos comerciales.
      • Derecho Marítimo (10.000 artículos).
      • Contratos y quiebras.
  • Legislación posterior: Títulos valores.
  • Mantiene el concepto de comercio.
  • Reformadas las obligaciones
  • Legislación bancaria.

Derecho Comercial frente al Derecho Civil

  • Especialidad
  • Excepcionalidad: Se aplica directamente el Derecho Civil, ante ausencia de normativa, recurriendo a la analogía.

Fuentes del Derecho Comercial

  • La ley: remisión a la costumbre y a los usos.
  • La costumbre.
  • Los usos.

Organizaciones del Derecho Comercial

  • Organización de Administración Nacional
    • Oficinas (Registros):
      • De aeronaves.
      • De marina.
      • De comercio.
  • Organización profesional: Operadores del mercado se organicen. No es obligatorio.
Organización Internacional: Cámaras internacionales atienden problemas interestatales.