9 de abril de 2009

Evolución de las Instituciones Jurídicas - Realismo jurídico

Realismo jurídico

Valor, hecho y norma. No ve al fenómeno jurídico como fenómeno formal. Ven al formalismo jurídico, desde la realidad (a través de los fallos judiciales), y desde ahí ve el posible derecho a aplicar, con un estudio casuístico. Ven la tendencia jurisprudencial. No hace enfoques ni de valores, ni de normas. Se basa en la jurisprudencia. No tenemos certeza jurídica, ya que este sistema se basa en los fallos judiciales anteriores. El fallo judicial debe cumplir disposiciones normativas (Alf Ross, realismo moderado), hace un estudio de los fallos para extraer el derecho vigente, afirma a la norma jurídica como objeto de derecho. Si los fallos judiciales no son justos, no conforman el Derecho.

Realismo exacerbado

Holmes ve la conducta del hombre malo, su conducta va a estar guiada para que no tenga una sanción. No le da a la norma juicios valorativos. La crítica que se le hace es que no todos los hombres se comportan conforme a esta conducta, la gente actúa según sus valores (según compromisos morales).

Realismo moderado

El fallo judicial debe cumplir disposiciones normativas, hace un estudio de los fallos para extraer el derecho vigente. Si los fallos judiciales no son justos, no conforman el Derecho.
No confundir realismo con conocimiento sociológico. Este Derecho se actualiza con los fallos, pero puede haber casos no regidos por ningún precedente anterior. El realismo jurídico sigue vigente en los EEUU : El hecho a fallar, la norma a aplicar, y la justicia (valores) son los tres puntos de apoyo del realismo moderado.

Realismo versus Normativismo

Juez se transforma en déspota, ya que legisla y se mezclan los poderes (separación impuesta por Montesquieu). Escepticismo de las normas, piensan que son inútiles y vagas (son hechas en forma general) describen pero no son concretas. El aplicador, por más perfecta que sea la norma, es de carne y hueso, siempre hay una parte subjetiva, el Juez puede errar.

Base de la aplicación de la norma para los realistas: Derecho positivo (creado por el hombre), Derecho vigente (es aquél que se aplica, es porque no ha sido derogado), Derecho eficaz (es el Derecho legitimado por el Estado).
La Constitución anglosajona se basa en enmiendas constitucionales, estas normas tienen validez; la costumbre es la fuente formal del Derecho Anglosajón. El conjunto de fallos nos da las mismas posibilidades para ver las normas aplicadas por los jueces. El Derecho es expresivo (aseveración de conceptos de normas) y representativo (de valores). Utiliza aseveraciones positivas y negativas, además tiene exclamaciones. Las directivas son las normas jurídicas, ejercen influencia pero sin significado representativo. El Derecho puede ser considerado en las normas directivas, en estas expresiones aparece el Derecho; en parte aparece como ciencia y como objeto (norma jurídica). Esta ciencia de Derecho tiene por objeto un orden jurídico determinado en una sociedad dada. La sociología jurídica se puede separar en sociología fundamental y en sociología aplicada. Tanto la sociología jurídica como la ciencia del Derecho estudian el Derecho, la diferencia es el enfoque. La ciencia estudia al fenómeno en movimiento, (Derecho Nación, Derecho activo). La ciencia del Derecho tiene diferentes ramas, pero el objeto no cambia, el análisis de las normas jurídicas. La filosofía jurídica es el estudio del fenómeno jurídico desde el enfoque existencialista, basado en ciertos valores subjetivos: está la filosofía del Derecho Natural (Jusnaturalismo) , filosofía del estudio histórico sociológico del Derecho , filosofía del Derecho positivista (Kelsen) , Jurisprudencia (Realismo Jurídico).

Al fenómeno jurídico le pasa lo mismo que al ajedrez, tiene normas para aplicarlas. El Derecho es un conjunto de normas, pero hay dos tipos: las que sirven para comprender el juego y las que me dicen el desenlace del juego (el fallo). Las normas de conducta están dirigidas a las personas (mayor parte del orden jurídico). Las normas de competencia están dirigidas a los jueces y les da competencia para actuar (más importantes).